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Información
suministrada en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 10 de la Ley 34/2002, de Servicios de la Sociedad de la
Información y del Comercio Electrónico (LSSI).
Titular de la página:
Víctor de Cambra Antón
Calle Marqués de la Ensenada 14, 1º, Of. 15
Madrid 28004
NIF: 50.817.439-C
Colegiado en el I.C.A.M. con el número 51.012
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La
actuación del despacho se rige por las normas y obligaciones
profesionales que recogen el Estatuto de la Abogacía (RD
658/2001) y el Código Deontológico de la Abogacía
Española (Resolución del Pleno del Consejo General de la
Abogacía de España de 30 de junio de 2000).
Ambas
normas pueden consultarse en los Colegios de Abogados, y en particular
en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (pinchar para acceder al ICAM),
así como en el Consejo General de la Abogacía
Española (pinchar
para acceder al
CGAE).
Salvo pacto en contrario, los honorarios a cobrar por el despacho por
las actuaciones profesionales que realice se regirán por las
normas orientadoras en materia de honorarios profesionales del Ilustre
Colegio de Abogados de Madrid o del Ilustre Colegio de Abogados de
Vigo, según el abogado actuante.
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